Ayudas y Subvenciones

INFORMACIÓN SOBRE LAS AYUDAS DE VIVIENDA DE LA GENERALITAT VALENCIANA

Ayudas y Subvenciones casa pisos vivienda alquiler compra generalitat valenciana pMuchas son las personas que solicitaron una subvención para la compra de su vivienda, tanto de nueva construcción como de vivienda usada. Era una gran ventaja que ofrecían el gobierno y la Generalitat Valenciana a los compradores.

Existen dos tipos de resoluciones el V510 y el V511. La primera es la resolución de ayuda ofrecida por el gobierno central y la segunda es la resolución de la ayuda ofrecida por la comunidad autónoma, en este caso la Generalitat Valenciana.

Desde la resolución del V511, normalmente se tardaba menos de dos años en recibir la ayuda, pero en la actualidad hay expedientes del 2009 que todavía no se han pagado.

Otro inconveniente añadido a todo esto, es que se podía solicitar en el banco un anticipo de la ayuda, de forma que la entidad bancaria te hacía un préstamo a dos años que se cancelaba cuando la GVA te ingresaba la ayuda. Al retrasarse tanto el pago de las ayudas, los préstamos han vencido por lo que las personas que lo solicitaron tienen que renovarlo y pagar gastos e intereses.

El artículo 18.1 de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana establece que, la ayuda a la vivienda puede prescribir a los cuatro años desde la fecha de reconocimiento de la ayuda, si no es reclamada antes de que prescriba.

Por todo esto, a continuación vamos a dejaros repuestas a preguntas frecuentes (obtenidas de la plataforma de afectados a la ayuda de vivienda) que tienen los ciudadanos acerca de las ayudas, así como lugares web donde podéis encontrar información.

1. ¿Mi ayuda puede prescribir?

Sí, tal como indica el artículo 18.1 de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, la ayuda a la vivienda puede prescribir a los cuatro años desde la fecha de reconocimiento de la ayuda, si no es reclamada antes de que prescriba. Así lo expresa el Síndic de Greuges en su página Web: “si ha transcurrido el plazo de cuatro años desde que se notificó la ayuda o subvención sin haber reclamado el pago de la misma a la correspondiente Administración, ésta podría negarse a pagar la ayuda afirmando que ha prescrito. Para interrumpir el cómputo del plazo señalado, usted puede presentar una reclamación ante la Administración que le reconoció la ayuda exigiendo el pago de la subvención que en su día le fue otorgada antes de que transcurra el plazo de cuatro años desde que le notificaron el reconocimiento de la ayuda; por ejemplo, tendrá que dirigirse a la Conselleria de Infraestructura, Territorio y Medio Ambiente para reclamar el impago por ayudas a la vivienda/alquiler. De esta forma evitará que opere el plazo de prescripción legalmente previsto.” Al presentar la reclamación ante el Registro General de la Conselleria o en el PROP, se reinician los plazos de prescripción, tal como se afirma en dicha Ley: “La exigencia de los acreedores legítimos o de sus derechos habientes, a través de la presentación de los documentos justificativos de su derecho, determinará el nuevo inicio del plazo de prescripción.”

Adjuntamos documento de reclamación propuesto por la plataforma de afectados ayuda a la vivienda.

http://afectadosayudasviviendacv.wordpress.com/documents/

 

2. No he reclamado hasta ahora ¿Puedo estar tranquilo ante el comunicado de prensa de Conselleria según el cual las ayudas a la compra, alquiler o rehabilitación de vivienda en la Comunidad Valenciana “no prescribirán”?

Una cosa es la Ley, y otra bien distinta es lo que se afirma en un comunicado de prensa. La Ley afirma que “Las obligaciones a cargo de la hacienda de la Generalitat Valenciana que hayan prescrito, serán baja en las respectivas cuentas, previa tramitación del oportuno expediente” (Art. 18.3)

Asimismo, el Síndic declara en su Web que, cuando se llega al plazo de cuatro años, La Generalitat “podría negarse a pagar la ayuda afirmando que ha prescrito”.

Por otra parte, la Consellera ha ido ofreciendo públicamente diferentes versiones de lo que se debía de hacer en estos casos. Ha llegado a afirmar que para parar la prescripción los afectados debían recurrir al Síndic, cosa que el Síndic desmintió a través de su Web. Ahora,
bajo presión, la Conselleria ha difundido el mencionado comunicado a la prensa, pero es obvio que esta declaración no tiene fuerza legal.

Por eso, es necesario reclamar para que nuestra resolución de concesión de ayuda no prescriba y siga teniendo la misma fuerza legal que nos permita exigir su pago.

3. ¿La prescripción afecta a cualquier tipo de ayuda a la vivienda (VPNC, VAC, etc.)?

Sí. De hecho, este plazo y estas condiciones de prescripción afectan a cualquier tipo de obligación a cargo de la hacienda de la Generalitat Valenciana (Art. 18).

4. ¿Cuándo cobraré el dinero que me debe la Generalitat en concepto de ayudas a la vivienda?

Las ayudas a la vivienda se abonan cuando, por decisión política, se doten de fondos en los presupuestos, para ello, una vez se da esta disponibilidad presupuestaria, la Conselleria decide en el momento que considere ordenar el pago.

Desde marzo de 2009, Generalitat Valenciana no paga ningún tipo de ayudas a la vivienda. Existen, además, casos de 2008 impagados también. En 2012, La Generalitat aprobó una modificación de crédito de 5,5 millones de euros destinados a unos 1.400 afectados. Estos no eran los de 2009 pendientes, sino los que habían solicitado el anticipo a los bancos. Sin embargo, a fecha de hoy (15/1/2013) no tenemos constancia de que se haya realizado ningún pago de este tipo. También se ha dotado el presupuesto de 2013 de 3,6 millones para un total de otros 500 afectados. Tampoco queda claro si estos afectados pidieron o no el anticipo. En todo caso, la Generalitat se ha saltado el orden de prelación según fecha de concesión de la ayuda. Además, estas cantidades, si es que al final se pagan, son una cantidad ínfima comparada con los 250 millones de euros en los que se estima la deuda que tiene con 50.000 familias valencianas en concepto de ayudas a la vivienda.

Dado que esto es una decisión política y dado que la Generalitat Valenciana ha recibido muchos millones del Fondo de Liquidez Autonómica para pagar a proveedores y para fines sociales, es menester que nos hagamos visibles como colectivos y exijamos a la Generalitat Valenciana que estas ayudas se paguen YA, pues también las ayudas a la vivienda tienen una finalidad social.

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Información recopilada por Inmobiliaria Bancaria para el Beneficio del comprador

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