¿en qué nos afecta la SUBIDA del IVA?

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SUBIDA del IVA, ¿y ahora qué hago?

Inmobiliaria Bancaria quiere que estés informado/a de cómo te pueden llegar a perjudicar o no el aumento del IVA si dedides comprar, vender o alquilar un piso, por lo que compartimos contigo una relación de PREGUNTAS y RESPUESTAS que seguro te interesan SABER.

 

  • ¿Si compro un piso antes del 31 de diciembre de 2012 podré desgravarlo siempre y se me aplicará el IVA reducido?

Si se adquiere una vivienda antes de 2013, el comprador se beneficiará de la desgravación fiscal por la compra de vivienda todos los años de la vida del préstamo hipotecario, siempre que vaya a ser su residencia habitual, con las bases establecidas en la ley sobre el IRPF. Solo si la vivienda comprada antes de que acabe el año es de obra nueva se podrá aplicar el IVA superreducido del 4%. Como ya han confirmado desde el Gobierno, la eliminación de la deducción y la subida del IVA para la compra de pisos nuevos, se llevarán a cabo a partir de 2013.

  • ¿Los pisos subirán este segundo semestre en previsión de mayor demanda por las nuevas medidas de 2013?

Se cree que el anuncio de todos estos cambios fiscales va a provocar un efecto llamada en los últimos seis meses del año. La eliminación de la desgravación, así como el fin de este ventajoso tipo excepcional al 4% del IVA en obra nueva van a incentivar a los potenciales compradores a adelantar su decisión de compra para este año. No obstante, para que este impulso resulte efectivo de forma notoria también hace falta que acompañe la concesión de crédito por parte de la entidades financieras. No tendrá impacto en lo que a precios se refiere.

  • ¿La nueva fiscalidad perjudicará la recuperación del sector inmobiliario?

A pesar de que esperamos un pequeño repunte en las ventas en la segunda mitad de este año, la reducción de ventajas fiscales va a producir un enfriamiento inevitable en el panorama inmobiliario, sobre todo, en los primeros meses de 2013. Estas medidas no son buenas para el sector ni tampoco lo son para los compradores y vendedores. No obstante, una vez que vaya mejorando la situación económica general y se vaya relajando la concesión de créditos, el mercado inmobiliario empezará a recuperarse.

  • ¿Cuánto se encarecerán los pisos sumando el nuevo IVA y la no desgravación?

-En un principio, para comprar un piso nuevo de un precio medio de 190.000 euros a 25 años, con un IVA del 4% y la desgravación fiscal por vivienda habitual, el contribuyente debe abonar unos 7.600 euros por el impuesto y se puede ahorrar hasta 33.900 euros (1.356 euros al año), si se deduce el 15% del importe destinado para pagar la hipoteca que tiene un límite de 9.040 euros. A partir de 2013, el IVA de esta misma vivienda ascenderán a 19.000 euros y no se deducirá ninguna cantidad fiscal. Por lo tanto hablamos de un incremento del 27,67% en importe bruto.

-Si se trata de una casa de 120.000 euros a 20 años, con un IVA del 4% y la desgravación fiscal por vivienda habitual, el contribuyente abonará unos 4.800 euros por el impuesto y se ahorrará hasta 27.120 euros, con la deducción fiscal. A partir de 2013, el IVA de esta misma vivienda ascenderá a 12.000 euros y no habrá ninguna devolución por parte de Hacienda. El incremento del precio en este caso es del 35,13% en importe bruto.

-Por último, si se quiere comprar un piso con un coste de 320.000 euros a un plazo de 35 años, con un IVA del 4% y se aplica la desgravación fiscal por vivienda habitual, el contribuyente pagará 12.800 euros por el impuesto y se descontará hasta 47.460 euros. A partir de 2013, el IVA de esta misma vivienda ascenderán a 32.000 euros y no se podrá descontar ninguna cantidad fiscal. En esta ocasión, el incremento de precios es del 23,36% en importe bruto.

  • En Europa, ¿qué tipo de IVA se aplica a la vivienda? ¿Existen en Europa más impuestos o menos sobre la vivienda?

Actualmente y hasta el año que viene, en España las operaciones de compraventa de pisos nuevos se benefician de un IVA superreducido y extraordinario al 4%, que solo se suele aplicar a los productos de primera necesidad. Tras las exigencias de Bruselas y el Fondo Monetario Internacional, a partir de 2013 la vivienda nueva pasará a gravarse por el tipo reducido del 10%.

Aunque esta subida suponga superar el doble del IVA actual, comparando con el resto de países europeos, se puede considerar bastante ventajoso. No hay más que ver el IVA actual que grava la vivienda en países como Alemania o Reino Unido, que se sitúan en el 19% y 20%, respectivamente.

  • Los propietarios que ya tienen el piso y lo están pagando, ¿sufrirán algún cambio en las condiciones de la hipoteca?

En un principio, todavía no se ha confirmado que la eliminación de la desgravación fiscal vaya a ser con carácter retroactivo y vaya a afectar a las personas que ya han comprado su casa. Por tanto, cada año podrán desgravarse a Hacienda una determinada cantidad y se van a mantener las mismas condiciones en el pago de la hipoteca. No obstante, lo que sí se ha suprimido es la compensación por la supresión de la deducción fiscal por la compra de vivienda que recibían las personas que habían adquirido su casa antes de 2006, que perderán un beneficio fiscal parcial.

  • ¿Si vendo un piso tendré que pagar más a Hacienda? ¿Cambia alguna condición?

Si se vende una casa con la intención de comprarse otra vivienda a un precio menor y obtener un margen de beneficio, habrá que pagar a Hacienda por ese dinero obtenido en la operación según la ley. Hacienda lo contabiliza como una ganancia patrimonial y le aplicará un gravamen de entre el 19% y el 21%.

No obstante, existen situaciones en las que el contribuyente puede quedar exento de pagar estos tributos. Si se reinvierte todo el dinero obtenido por la venta de la casa en la compra de la nueva vivienda, se podrá beneficiar de la exención por reinversión en vivienda habitual. Por otra parte, esta operación debe realizarse en un periodo inferior a dos años desde la venta o los dos inmediatamente anteriores a la misma, y siempre deben tratarse, tanto la vivienda comprada como usada, de viviendas que supongan la residencia habitual.

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