¿Qué hacer si uno de tus vecinos se niega a poner el ascensor?

Las residencias sin ascensor se cotizan bastante más por debajo que las que disponen de esta indispensable instalación. Subir peldaños cuando vienes de la adquisición, o con la botella de butano, o cuando te haces un esguince, o bien con… ¡pequeños! el carro, se cansan… te cansas , te haces mayor, y también sin duda al final ciertos vecinos termina por considerar la posibilidad de instalar un elevador.

El problema brota cuando ciertos vecinos se oponen, por norma general los del primero, que al ser los que menos escalones suben son los que menos precisan de esta instalación básica.
ascensor para vivienda
► ¿qué afirma La legislación aplicable es la Ley de Propiedad Horizontal?

Esta normativa originalmente consideraba la regla de la unanimidad, en exceso estricta en cuanto obstaculizaba la realización de determinadas actuaciones convenientes para la comunidad de propietarios. Se consideró recomendable flexibilizar el régimen en mayoría para el establecimiento de determinados servicios, entre ellos la instalación de ascensor o bien la supresión de barreras arquitectónicas, de la que vamos a hablar en el siguiente artículo.

Citamos el Artículo diecisiete de la Ley de Propiedad Horizontal: “El establecimiento o eliminación de los servicios de ascensor …, aun cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto conveniente de las tres quintas partes del total de propietarios que, a su vez, representen las 3 quintas unas partes de las cuotas de participación. …se computarán como votos favorables los de aquellos propietarios ausentes de la Junta, debidamente citados, quienes una vez informados del pacto adoptado por los presentes, no manifiesten su discrepancia por comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad en el plazo de 30 días naturales, por cualquier medio que deje tener perseverancia de la recepción”.

Y finaliza diciendo: “los pactos válidamente adoptados con arreglo a lo preparado en esta norma obligan a todos y cada uno de los propietarios”.

Ahora lo sabes, con las tres quintas partes de las cuotas de participación a favor SE PUEDE dotar al edificio de elevador que, aparte de mejorar la calidad de vida de los vecinos, va a subir el valor de las viviendas más que lo que tiene que aportar cada una por su instalación.

Además de esto dispones de ayudas para poder instalar el elevador en tus pisos, casas y edificios de más de 30 años.

Facebooktwitterlinkedin

Comenta en: "¿Qué hacer si uno de tus vecinos se niega a poner el ascensor?"

Leave a comment

Your email address will not be published.


*


Pisos de Bancos

  • {{(posts.pages.current - 1) * posts.pages.itemCountPerPage + 1}} - {{(posts.pages.current - 1) * posts.pages.itemCountPerPage + posts.pages.currentItemCount}} de {{posts.pages.totalItemCount}}

{{post.title}}

  • {{post.vivienda.attrs.superficie}} m²
  • {{post.vivienda.attrs.habitaciones}} hab.
  • {{post.vivienda.attrs.banos}} bañ.
  • Piscina
  • Garaje
  • Ascensor